Plan de modernización de la máquina herramienta de las pequeñas y medianas empresas

BENEFICIARIOS

PYMES que desarrollen una actividad industrial durante al menos 3 años

OBJETO DE LA AYUDA

Adquisición de máquinas herramienta para su incorporación al proceso productivo y que cumplan alguna de las siguientes condiciones:

a) supongan la ampliación de la capacidad productiva de un establecimiento existente;

b) supongan la diversificación de la producción de un establecimiento existente en nuevos productos adicionales; o

c) impliquen un cambio esencial en el proceso general de producción de un establecimiento existente. 

En concreto las inversiones en la adquisición de las siguientes tipologías de máquina herramienta de arranque de viruta, de deformación metálica y trabajo de chapa, o de máquinas y equipos industriales de fabricación aditiva.

a) Tornos.
b) Fresadoras.
c) Mandrinadoras.
d) Taladros.
e) Roscadoras.
f) Rectificadoras.
g) Afiladoras, pulidoras y amoladoras.
h) Centros de mecanizado.
i) Máquinas especiales y máquinas transfer compuestas de unidades de mecanizado.
j) Brochadoras.
k) Máquinas de electro-erosión.
l) Máquinas de centrar y refrentar.
m) Prensas mecánicas.
n) Prensas hidráulicas/neumáticas.
m) Servoprensas.
p) Punzonadoras.
q) Sistemas de automatización industrial asociados a máquina-herramienta.
r) Equipos independientes de inspección y medición de piezas mecanizadas.
s) Talladoras/Máquinas de roscado.
t) Equilibradoras.
u) Máquinas para el conformado por encintado de piezas de composites.
v) Paneladoras para el trabajo de la chapa.
x) Sierras.
y) Biseladoras.
z) Mortajadoras.
aa) Líneas de corte con prensa, láser, chorro de agua, gas o ultrasonidos.
ab) Máquinas para el trabajo de barras, perfiles y tubos.
ac) Máquinas para fabricación y control de tornillos y pernos.
ad) Máquinas para grabar, marcar y/o puntear.
ae) Remachadoras.
af) Granalladoras.
ag) Equipos y sistemas industriales para la fabricación aditiva.

Para ser subvencionables, como norma general deberán presentarse, junto con la solicitud, al menos tres ofertas de cada una de las máquinas herramienta para las que se solicita subvención.

Las ofertas presentadas deberán cumplir, al menos, con los siguientes requisitos:

a) Comparabilidad: deberán referirse a la misma tipología de máquina herramienta con prestaciones similares y contener conceptos análogos y comparables.

b) No vinculación: las ofertas presentadas no podrán corresponder a empresas que estén vinculadas con la entidad solicitante;

c) Identificación del ofertante: en cada oferta presentada deberá identificarse la empresa ofertante (razón social y NIF), así como la persona que presenta la oferta (nombre y cargo en la empresa);

d) Fecha y validez: todas las ofertas deberán mostrar una fecha de emisión y un plazo de validez. La fecha de emisión no podrá ser anterior al 1 de enero de 2021 y deberán ser válidas en el momento de presentación de la solicitud;

En ningún caso serán subvencionables gastos asociados a la cimentación de los equipos, obra civil o instalaciones auxiliares (climatización, aislamiento, iluminación, etc.).

Los gastos de instalación (excluida la obra civil) y puesta en marcha no superarán en ningún caso el 15 % del presupuesto de adquisición de las máquinas herramienta. Tampoco serán subvencionables los gastos financieros derivados del pago aplazado de las máquinas herramienta.

La adquisición de las máquinas herramienta mediante arrendamiento financiero será subvencionable siempre y cuando la empresa justifique la compra efectiva de la(s) máquina(s) correspondiente(s) antes del fin del plazo de ejecución. En ese caso, no serán subvencionables los gastos financieros asociados a la operación de arrendamiento financiero

 PLAZOS

Presentación solicitudes: Desde el 9/10/2021 hasta el  2/11/2021 (a las 23:59:59 horas) 
Plazo de ejecución (periodo subvencionable del gasto): desde el día siguiente a la fecha de solicitud hasta 15 meses posteriores a la fecha de concesión
Plazo de justificación: hasta 18 meses posteriores a la fecha de concesión

GASTOS SUBVENCIONABLES

El importe mínimo de cada máquina herramienta subvencionable, incluyendo los gastos de instalación será mayor o igual que 70.000 euros hasta 170.000 € por máquina, con un máximo de 300.000 € por empresa.

 Subvención a fondo perdido de hasta el 20% del presupuesto subvencionable en caso de Pequeña empresa y 10% en caso de mediana empresa. Para ello será necesario la constitución de una garantía del 100% del importe concedido, liberado en el momento de la justificación.

MUY IMPORTANTE:

  • Debe disponer de suficiente EBITDA para acometer pago de deudas actuales y por compra de maquinaria
  • La adquisición debe ser proporcional al total de activo
  • CNAES beneficiarios:
    • 10 a 32
    • 33 cuando presten servicios a divisiones 10 a 32, excepto 33.19 y 33.20
    • 38.3
    • 82.92 con excepción de las actividades de embalaje de paquetes y la envoltura de regalos
    • 52.10 a excepción de los servicios de digitalización y almacenamiento de archivos y documentos
    • 71.12 y 71.20 con excepción de (i) la explotación de laboratorios policiales, (ii) el análisis arqueobotánico, (iii) la inspección de tuberías petrolíferas, (iv) la certificación de productos, incluidos bienes de consumo, vehículos motorizados, aeronaves, contenedores presurizados, plantas nucleares, (v) la inspección técnica de vehículos, (vi) las pruebas de composición y pureza de los
      minerales o (vii) las pruebas y medición de los indicadores medioambientales: contaminación del aire y del agua.

TOTAL PRESUPUESTO: 50 millones euros.

Si quieres presentar tu proyecto, puedes contactar con nosotros en el teléfono 960 25 29 93 y te ayudaremos a que sea un éxito.

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