Deducciones fiscales por I+D+i
Las Deducciones Fiscales por I+D+I son las denominadas «ayudas indirectas» a las empresas que realizan cualquier actividad innovadora, siendo además ayudas «autoconcedidas» por las propias empresas.
Son susceptibles de aplicárselas cualquier sujeto pasivo del Impuesto sobre Sociedades, a excepción de las asociaciones y fundaciones. El único condicionante es que realice actividades innovadoras. Las Deducciones Fiscales reducen la cuota íntegra del Impuesto sobre Sociedades hasta en un 100%, siendo por tanto un menor gasto de la empresa, lo que permite por tanto aumentar la competitividad de la misma.
Las deducciones a aplicar varían entre un 12% de los proyectos de Innovación (It) hasta un 67% si se realizan proyectos de I+D.
Nuestro valor añadido consiste en detectar qué gastos o inversión son susceptibles de deducción y gestionar la documentación necesaria para eliminar cualquier tipo de riesgo ante la Agencia Tributaria, garantizando por contrato el éxito de dicha deducción siguiendo nuestros criterios.
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Bonificaciones por actividad innovadora
En 2014 entró en vigor la deducción por investigadores en las cotizaciones – cuota- de la Seguridad Social. Las características de dicha bonificación son:
- Alcanzan hasta el 50% de la cotización por contingencias comunes, lo que significa aproximadamente un 8% del coste empresa de cualquier empleado asignado a proyectos.
- Bonificaciones para contratos indefinidos.
- Deben dedicarse en exclusiva a la investigación en dicha empresa, con un máximo del 15% del tiempo dedicado a divulgación, formación o similar.
- Bonificaciones durante 3 años.
- Es compatible con otras ayudas para fomento del empleo siempre que no exceda la cuota obrera ni el 60% del coste actual del contrato.
En el caso del sector software, puede aplicarse esta bonificación a analistas, diseñadores, desarrolladores o testers.
Respecto al Impuesto de Sociedades y la deducción de la bonificación, debemos tener en cuenta que será compatible con deducciones del IS por I+D+i en el caso de disponer del sello «PYME innovadora»
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