INACER: Ayudas para la Aceleración Tecnológica de PYMES Industriales

Qué: Ayudas para impulsar la transformación digital competitiva de la industria a través de la ACELERACIÓN TECNOLÓGICA de las pymes industriales de la Comunitat Valenciana, en colaboración con startups o pymes tecnológicas.

En Concreto, proyectos desarrollados a partir del 1 de enero y hasta la fecha de justificación de la subvención que:

a) El proyecto suponga la colaboración mediante la interacción de la experiencia y el conocimiento de una pyme industrial de la Comunitat Valenciana, con las soluciones tecnológicas que le proponga desarrollar una o varias startups o pymes tecnológicas, y concluya en todo caso con un producto mínimo viable (MVP) con un grado de madurez tecnológica entre TRL 7 y TRL9, con garantías de implementarse y acelerar la transición tecnológica de la pyme industrial.

b) El proyecto incluya la participación preceptiva de una dinamizadora de la aceleración, que realice al menos las tres actividades siguientes:

1º- La identificación de los retos tecnológicos a resolver en la pyme industrial beneficiaria.

2º- Lapropuesta y acompañamiento de las startups o pymes tecnológicas que mejor pueden resolverlos.

3º- La emisión de un informe al final del proyecto que justifique que el nivel de madurez de la tecnología desarrollada se sitúa entre TRL 7 y TRL 9, así como la posibilidad de implementación del MPV y de acelerar la transición tecnológica de la pyme industrial.

Los proyectos deben mantener una RELACIÓN DIRECTA con procesos que favorezcan la aceleración tecnológica de las empresas en materia de organización, procesos productivos, productos o tecnologías aplicadas, sobre la base de las nuevas tecnologías de la digitalización de la economía como la Inteligencia Artificial, Impresión 3D, Machine Learning y Deep Learning, Robotización, cobótica y exoesqueletos, Análisis y mantenimiento predictivo, Gemelos digitales, Blockchain, Internet de las Cosas e Inteligencia de las Cosas, Nuevos Materiales, Nanotecnología, Biotecnología, Realidad Virtual, Realidad Aumentada y Mixta, Simulación Avanzada, Ciberseguridad, Sistemas de pago y riesgos, Comercialización digital, E-commerce, Big Data y Analítica de Datos, Vehículos autónomos y drones, Nube y Edge Computing y Computación Cuántica.

Cuánto: Mínimo de 10.000 €, con una intensidad de la subvención del 30%

Para quién: Podrán ser beneficiarias de estas ayudas, las pequeñas y medianas empresas (pymes) privadas que durante 2021 desarrollen o vayan a desarrollar en la Comunitat Valenciana una actividad industrial productiva, y realicen las actuaciones subvencionables objeto de convocatoria.

Qué subvenciona:

a) COLABORACIONES EXTERNAS:
Costes de la contratación de los servicios de las startups o pymes tecnológicas que participen en el proyecto, así como de una entidad dinamizadora de la aceleración, conforme a las actividades descritas en la letra b) del apartado 1 del artículo 6.
El coste máximo subvencionable de la entidad dinamizadora no podrá superar el 20% del presupuesto total subvencionable (sumatorio de gastos de colaboraciones externas, gastos de personal propio y gastos de auditoría).

b) GASTOS DE PERSONAL propio de la pyme industrial destinado directamente al proyecto de colaboración:
Importe efectivamente pagado en la fecha de la justificación de la ayuda de los costes de personal laboral propio de la pyme industrial empleado en centros de la Comunitat Valenciana (retribuciones brutas en nómina y Seguridad Social a cargo de la empresa), en el porcentaje de tiempo que se justifique se pueda imputar al desarrollo del proyecto, y hasta un importe máximo del 20% del presupuesto total subvencionable (sumatorio de gastos de colaboraciones externas, gastos de personal propio y gastos de auditoría).
El tope máximo de retribución mensual bruta en nómina computable para el cálculo de la parte subvencionable es de 4.500 euros, incluyendo la parte proporcional de pagas extraordinarias y otras retribuciones.

c) GASTOS DE AUDITORÍA para la elaboración del informe de revisión de la documentación justificativa de la subvención por empresa auditora externa, inscrita en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas:
Hasta un importe máximo de 600,00 euros, IVA excluido, por solicitud.

Cuándo Solicitarlo: DESDE el día 18 de MAYO de 2021 HASTA el día 18 de JUNIO de 2021, ambos incluidos

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