Entidad: IVACE (ámbito Comunidad Valenciana)
Presupuesto: 660 millones (fondos a nivel nacional)
Qué: Realización de instalaciones de autoconsumo y almacenamiento con fuentes de energía renovable para empresas.
Incluye instalaciones de autoconsumo mediante actuaciones fotovoltaicas y
eólica y cualquier renovable excepto biomasa.
Las ayudas se conceden mediante concurrencia simple. Se admitirán las solicitudes presentadas siempre que cumplan los requisitos, y hasta que se acabe el presupuesto.
PLAZOS
Presentación solicitudes:Desde el 2 de noviembre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2023 (o hasta que se acabe el presupuesto) |
Plazo de realización: Hasta 18 meses posteriores a la concesión de la ayuda |
Plazo de justificación: Hasta 18 meses posteriores a la concesión de la ayuda |
GASTOS SUBVENCIONABLES
- La inversión en equipos y materiales
- Los costes de ejecución de las obras y/o instalaciones
- Equipamientos electromecánicos, hidráulicos, de control y auxiliares.
- Sistema eléctrico general de Alta Tensión y Baja Tensión, incluyendo
transformadores, líneas de evacuación y sistemas de infraestructuras
turas eléctricas adicionales hasta el punto de conexión con la red eléctrica de transporte - Sistemas de gestión, control activo y monitorización tanto de la
generación como de la acumulación y la demanda de energía eléctrica - Sistemas de medición del recurso en el emplazamiento
- Obras civiles, cuando estén relacionadas con las actuaciones
objeto de ayuda y aquellas que sean necesarias para la correcta ejecución del proyecto - El coste del desmantelamiento de las instalaciones existentes en
el emplazamiento. - Los costes de la redacción de los proyectos o memorias técnicas .
- los costes de la dirección facultativa relacionadas con las tipologías de actuación objeto de ayuda.
- Coordinación de Seguridad y Salud de la obra y montaje relacionadas con las tipologías de actuación objeto de ayuda.
- Los costes de gestión de solicitud de la ayuda, incluida la redacción de informes y demás documentación requerida para la solicitud. No podrán superar los 3.000 € o el 4% del presupuesto.
- Los costes de gestión de justificación de la realización de las
actuaciones - El informe del auditor sobre la cuenta justificativa.
- Otras partidas que sean debidamente justificadas como necesarias
(auxiliares o no) específicas de cada tipología de actuación.
BENEFICIARIOS
Personas jurídicas y agrupaciones de empresas o de personas físicas, con o sin personalidad jurídica, que realicen una actividad económica por la que ofrezcan bienes o servicios en el mercado, incluyendo:
- Los gestores de polígonos industriales, de naturaleza pública o privada.
- Las empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de actuaciones en el ámbito de la energía.
- Las empresas de servicios energéticos (ESEs), o proveedores de servicios energéticos definidas en el Real Decreto 56/2016.
IMPORTE DE LA AYUDA
- Instalación Fotovoltaica autoconsumo: 460 – 1.188 € / kWp (Entre el 15 y el 45 % de ayuda sobre el coste subvencionable)
- Instalación eólica autoconsumo: 1.070 – 4.723 € / kW (Entre el 20 y el 50 % de ayuda sobre el coste subvencionable)
Tabla distribución ayudas:
Estos porcentajes aumentarán en 5% adicional en caso de implantación en municipios de menos de 50.000 habitantes.
- Incorporación almacenamiento autoconsumo: 200 – 700 €/kWh (45 – 65 % ayuda sobre coste subvencionable)
- Incorporación almacenamiento autoconsumo en instalaciones existentes: 200 – 700 €/kWh (45 – 65 % ayuda sobre coste subvencionable)
La distribución de ayudas es la siguiente:
NOTAS
Se puede solicitar al IVACE un anticipo hasta del importe total del proyecto siempre que se presenten avales por la cantidad anticipada, y la inversión exceda de 50.000€
No se puede incorporar la misma actuación en dos solicitudes de ayudas diferentes, pero sí que se pueden incorporar diferentes actuaciones a diferentes ayudas.
Esta ayuda sí que está sujeta a minimis.
Si quieres presentar tu proyecto, puedes contactar con nosotros en el teléfono 960 25 29 93 y te ayudaremos a que sea un éxito.